Tenencias de Alcaldía

Actualizado a 03 de julio de 2023

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 23.

3. Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.

Tenencias de Alcaldía – Mandado 2023-2027  (pdf)  (doc)  (odt)

Tenencias de Alcaldía – Mandato 2019-2023