Consulta Pública Previa a la elaboración de las Bases Reguladoras para la concesión de Ayudas Individuales para personas con Discapacidad y la Tercera Edad

Plazo de presentación de escritos: del 21 de junio al 5 de julio de 2022 (ambos inclusive).

Con fecha 29 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 156, anuncio relativo a la aprobación definitiva de los Presupuestos de esta Corporación municipal para el año 2022. En el marco de aprobación de estos y de sus Bases de Ejecución, se determinaron aquellas que regulan la concesión de ayudas educativas.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que el otorgamiento de estas ayudas requiere, con carácter previo, la aprobación de sus bases reguladoras, y teniendo en cuenta que estas tienen naturaleza de norma reglamentaria, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es por lo que, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de esta Corporación para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados, por la futura norma.

Las ayudas individuales para personas con discapacidad y tercera edad que este Ayuntamiento tiene la intención de aprobar, se encuadran en el marco del derecho constitucional a la igualdad y a la no discriminación, atendiendo a las situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

Es por ello que resulta precisa la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas a dicha finalidad, tal y como establece el artículo 17.2 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En concreto, este Ayuntamiento, bajo los principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y eficiencia, pretende aprobar las bases reguladoras de estas ayudas, que tienen como finalidad la de garantizar la igualdad de las personas con discapacidad y la tercera edad, que se encuentren en situaciones de necesidad social, o en situación o riesgo de exclusión social.

Tal y como se desprende del artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones. Lo que determina que, en el ámbito de la Administración Local, su aprobación corresponda al Pleno a través de alguno de los cauces que señala el precepto, resultando, por otro lado, que dicha competencia es indelegable. De los instrumentos señalados, se ha optado por una ordenanza específica, por su vocación de permanencia y participación ciudadana.

En virtud de todo lo anterior, se procede al trámite de consulta pública previa a la elaboración de las bases reguladoras de las ayudas descritas, por el PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES contados desde la inserción de este anuncio en la web municipal, al objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Los vecinos y entidades podrán manifestar su opinión mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de El Sauzal en el plazo indicado.

En El Sauzal, a 21 de junio de 2022