Reapertura del área recreativa de Las Calderetas

AVISO 24.3.2021: Dado el nivel de alerta, queda precintada por prohibición de uso de la ZONA DE CAMPING.

El Área de Gestión del Medio Natural y Seguridad del Cabildo de Tenerife informa de la reapertura del área recreativa de  Las Calderetas, entre otras de la isla.

Para las áreas recreativas deberán respetarse las siguientes normas e instrucciones:

  1. El horario de apertura será desde las 10.00 hasta las 17.00 horas.
  2. Queda prohibido hacer uso de los fogones, que permanecerán precintados. Podrán usarse bombonas de gas de hasta 3 kg, que deberán instalarse sobre las mesas.
  3. El número máximo de personas por mesa, dependiendo de las medidas sanitarias vigentes en cada momento, se señalizará mediante carteles. Las personas usuarias no podrán sobrepasar este límite.
  4. Por razones higiénico-sanitarias, se recomienda el uso de manteles de tela u otro material no desechable.
  5. No podrán permanecer en el interior de cada módulo de los baños un número de personas mayor que el indicado en los carteles. El turno se aguardará en el exterior, en fila y con separación de 1,5 metros como mínimo entre personas.
  6. Se deberán cumplir las normas sanitarias vigentes en cuanto a uso de
    mascarillas y fumar y otras que resulten de aplicación.

Respecto a las zonas de acampada, se podrán utilizar previa autorización
obtenida a través de la Central de Reservas del Cabildo de Tenerife. Las plazas disponibles se ajustarán a lo que indique la normativa sanitaria. En todo caso, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sanitaria autonómica, durante la realización de la actividad no podrán formarse grupos que superen el máximo que indique la normativa sanitaria vigente en cada momento. Se respetarán, además, las normas recogidas en el apartado anterior, en cuanto sean aplicables. Podrán usarse bombonas de gas de hasta 3 kg, que deberán instalarse en una superficie llana, desprovista de vegetación y de objetos cercanos.


También se mantendrá inhabilitada la Central de Reservas para la actividad de grupos numerosos en áreas recreativas organizados por entidades y empresas, y no se autorizarán en ellas ningún tipo de acto cultural, artístico, deportivo, religioso, político o similar.

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