Convocatoria pública de «Ayudas Individuales para Personas con Discapacidad y Tercera Edad 2021»

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el jueves 4 de noviembre hasta el miércoles 24 de noviembre de 2021 (ambos inclusive)

Anexo I. Solicitud de Ayudas

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/592355).

Primero. Bases reguladoras.

Las Bases Reguladoras de la presente subvención se han aprobado por acuerdo Plenario con fecha 15/03/2019.

Además, hay que estar a los dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia número 190, de 25 de noviembre de 2005.

Asimismo, dichas bases se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de El Sauzal (www.elsauzal.es).

El procedimiento de concesión, están encaminadas a atender la situación de necesidad en la que se encuentre el destinatario, como consecuencia de su edad o discapacidad y que afectan a su autonomía personal, social y económica, con el fin de lograr su normal desarrollo personal y social.

Ambas ayudas son incompatibles entre sí, entendiéndose que un mismo solicitante sólo podrá acceder a la subvención para tercera edad o para discapacidad.

Segundo. Objeto de la Convocatoria

La concesión, que se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas individuales para personas con discapacidad y personas de tercera edad. Dichas ayudas, de conformidad con lo previsto en la Base 1 de las que rigen la convocatoria (publicadas en el BOP de Santa Cruz de Tenerife número 116, el 25 de septiembre de 2019) están encaminadas a atender la situación de necesidad en la que se encuentre el destinatario, como consecuencia de su edad o discapacidad y que afectan a su autonomía personal, social y económica, con el fin de lograr su normal
desarrollo personal y social.

Tercero. Beneficiarios

De conformidad con lo dispuesto en la Base 3 de las que rigen la presente convocatoria, podrán ser beneficiarios de estas ayudas, todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser vecinos/as de El Sauzal. Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en el municipio al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud de la Ayuda.

b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ilustre Ayuntamiento.

c) Encontrarse en un estado o situación tal que justifique el otorgamiento de la ayuda, debidamente acreditado en el Informe Social.

d) Ayudas de Tercera Edad: Tener 60 años cumplidos antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Ayudas a Discapacitados: Tener reconocida la condición legal de discapacidad, prevista en el R.D. 1971/99 de 23
diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, encontrándose en vigor en la fecha del cierre de la presente convocatoria. Se precisará de informe técnico para eximir del cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos.

Cuarto. Crédito y cuantía de la subvención.

El crédito de la presente convocatoria asciende a un importe total de nueve mil quinientos euros (9.500,00 euros), que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente, siendo la cuantía para subvenciones individuales para personas con discapacidad de 6.000,00 euros (Aplicación presupuestaria 2310.4800100), y la cuantía para subvenciones individuales para la 3ª edad de 3.500,00 euros (Aplicación presupuestaria 2310.4800100).

La asignación de la cuantía de las Subvenciones Individuales para Discapacidad y Tercera Edad no superarán la cuantía de 600 euros por solicitante. La asignación de las Subvenciones Individuales de Tercera Edad no superarán la cuantía de 500 euros por solicitante. Los porcentajes a aplicar en cada caso se regirán por lo dispuesto en la base 8.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo dispuesto en la Base 5 de las que rigen la presente convocatoria, el plazo para la presentación de instancias es de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.