Convocatoria de Subvenciones en materia Deportiva 2021

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 30 de noviembre hasta el 22 de diciembre (ambos inclusive)

Anexo I. Solicitud y Anexos

Autorización para recabar datos tributarios

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/596684).

Primero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de la presente subvención se encuentran contenidas en las Bases de Ejecución del presupuesto, en concreto en la Base 50ª.05 bajo la denominación “Subvenciones”, aprobada por acuerdo de Pleno con fecha 23 de noviembre de 2020.

Además, hay que estar a los dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 190, de 25 de noviembre de 2005.

Asimismo, dichas bases se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de El Sauzal (www.elsauzal.es).

El procedimiento de concesión, será el de concurrencia competitiva, procedimiento por el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras y/o en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Segundo. Objeto de la Convocatoria

El objeto de la presente Convocatoria es regular el procedimiento de concesión de subvención en materia deportiva, en concurrencia competitiva.

DEPORTES

Las subvenciones en materia deportiva tienen por objeto financiar los programas, proyectos y actividades de promoción, difusión y práctica del deporte, abarcando entre otras las actividades de animación deportiva en el ocio y tiempo libre, organización de espectáculos y eventos deportivos, programas que fomenten la práctica deportiva y aquellos orientados a eliminar estereotipos de género en la elección y práctica del deporte, recuperación y mantenimiento de las tradiciones deportivas, realización y difusión de estudios e investigaciones en materia deportiva, y todas aquellas que promueven la formación deportiva y apoyen el asociacionismo deportivo.

Tercero. Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiario las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De conformidad con la base 3ª, tendrán la consideración de beneficiarios, toda persona física o jurídica, que promueva o realice las actividades descritas en el punto anterior, y que cumpla los siguientes requisitos, de conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras:

  1. Que tenga su sede en el Municipio de El Sauzal o que el desarrollo de su actividad redunde en beneficio de los vecinos de este municipio, o en su caso, estar empadronado en el municipio de El Sauzal, con una antelación mínima de seis meses a la solicitud de la subvención.
  2. Que acredite estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones.
  3. Que haya justificado las subvenciones que, en su caso, le haya concedido el Ayuntamiento de El Sauzal.
  4. Que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal y Autonómica, la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de El Sauzal, con anterioridad a que se dicte la Resolución de Concesión de las subvenciones que regulan estas Bases.

No podrán concederse subvenciones a los particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por
vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de El Sauzal, ni a aquellos que no se encuentren al
corriente de sus obligaciones tributarias con esta entidad local, hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas las obligaciones tributarias. La comprobación de estas circunstancias, se efectuará de oficio, con carácter previo a la concesión de las ayudas.

Cuarto. Crédito y cuantía de la subvención.

El crédito de la presente convocatoria asciende a un importe total de dieciocho mil novecientos euros (18.900,00 euros), que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria que a continuación se detalla, del Presupuesto del Ayuntamiento de El Sauzal para el ejercicio 2021, distribuida de la siguiente forma:

Aplicación presupuestaria Concepto Importe
3410.4891500 Subvención en materia deportiva 18.900,00 euros


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo QUINCE (15) DÍAS a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, debiendo publicarse además en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica referenciada.

El modelo de solicitud y las bases correspondientes se encontrarán a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (en la siguiente dirección: https://eadmin.elsauzal.es/publico/procedimiento/W_P432; seleccionar: AYUDAS Y SUBVENCIONES) y en el Registro General de la Corporación (calle Constitución, número 3), en la Oficina Municipal de Ravelo (calle Hoya de La Viuda, s/n).

La presentación de solicitudes supone la aceptación expresa e incondicionada de las bases de esta convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.