
- Problemas que se pretenden solucionar.
- No existe en la actualidad una cuota tributaria para poder liquidar la tasa derivada del uso de de instalaciones y locales municipales como espacio de trabajo y encuentro activo.
- El local municipal de Las Baboseras no cuenta con una cuota tributaria específica.
- La actual ordenanza fiscal no regula los efectos de la falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados a instancia de parte.
- Necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Objetivo de la norma.
- Crear una cuota tributaria para poder liquidar la tasa derivada del uso de instalaciones y locales municipales como espacio de trabajo y encuentro activo.
- Crear una cuota tributaria específica para el local municipal de Las Baboseras.
- Regular los efectos de la falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados a instancia de parte.
- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por lo expuesto, se procede al trámite de consulta pública previa a la modificación de la ordenanza, a través del portal web de este Ayuntamiento, durante el plazo de 10 días hábiles contados desde la inserción de este anuncio en el citado portal, al objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Los vecinos y entidades podrán manifestar su opinión mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento, en la Oficina de Ravelo, por correo postal, a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital, así como a través de cualquier otro de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la L.P.A.C.A.