[Cerrado] Consulta Pública previa a la modificación de la Ordenanza Municipal para la Concesión de Honores y Distinciones

[Proceso Cerrado] Plazo de presentación de escritos: del 24 de mayo al 7 de junio (ambos inclusive)

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa.

El Ayuntamiento de El Sauzal cuenta con un Reglamento Municipal para la Concesión de Honores y Distinciones, publicado el 30 de junio de 2014 en el Boletín Oficial de la Provincia número 87/2014.

Actualmente el Reglamento Municipal de Honores y Distinciones, en el segundo inciso de su artículo trece establece “que no podrán otorgarse más de una Medalla al año”. Como consecuencia de varios acontecimientos vividos en el municipio se ha puesto de manifiesto que en ocasiones y solo en circunstancias excepcionales y justificadas, esta limitación impide reconocer en el momento adecuado los logros acometidos, que merecen tal distinción.

Además, con la tramitación del último procedimiento se ha observado que el establecido actualmente en el Capítulo VII del citado Reglamento, es sumamente complicado por lo que sin perder garantías alguna se pretende simplificar el mismo en aras de lograr una mayor eficacia, eficiencia y celeridad administrativa.

Es por ello que el Ayuntamiento de El Sauzal pretende hacer las modificaciones señaladas en aras de facilitar la tramitación existente en la actualidad, así como de poder dar cumplimiento a los objetivos del Reglamento, superando las carencias que se han manifestado de forma sobrevenida.

  • Necesidad y oportunidad de la aprobación.

Una de las formas de actuación de las administraciones públicas es la actividad de fomento, que es aquella modalidad de intervención administrativa consistente en dirigir la acción de los particulares hacia fines de interés general mediante el otorgamiento de incentivos diversos, uno de ellos sería el reconocimiento de honores y distinciones.

Para dar cumplimiento a lo expuesto en el párrafo anterior, se hace necesaria la aprobación de un marco jurídico adecuado donde se establezcan las condiciones y el procedimiento para el otorgamiento de este tipo de distinciones tal como se desprende del artículo 191 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Como consecuencia de todo lo anterior, se ha entendido necesario llevar a cabo la modificación del citado Reglamento.

  • Objetivos de la norma.

La modificación de la norma tiene como objetivo:

  1. Posibilitar que en casos excepcionales y justificados se conceda más de una Medalla de Oro al año, sin que en ningún caso se desvirtúe la propia naturaleza del reconocimiento, pero tampoco el mismo pase a ser extemporáneo.
  2. Simplificar el procedimiento existente pero sin perder las garantías que deben obrar en el mismo.
  • Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

El artículo 191 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales establece que “Los requisitos y trámites necesarios para la concesión de los honores y distinciones a que se refieren los dos artículos precedentes, se determinarán en Reglamento especial”.

Como consecuencia de ellos no existe otra solución alternativa o regulatoria que la norma reglamentaria.

Lo que determina que, en el ámbito de la Administración Local, su aprobación corresponda al Pleno, ya que la competencia atribuida para la aprobación de estos instrumentos se encuentra atribuida al mismo, teniendo carácter indelegable.

Por lo expuesto, se procede al trámite de consulta pública previa del proyecto de elaboración del proyecto de modificación del Reglamento Municipal de concesiones de Honores y Distinciones a través del portal web de este ayuntamiento, por el plazo de 10 días hábiles contados desde la inserción de este anuncio en el citado portal al objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Los vecinos y entidades podrán manifestar su opinión mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de El Sauzal en el plazo indicado.

En El Sauzal, a 24 de mayo de 2018