
[Plazo cerrado] Plazo de presentación de escritos: del 22 de mayo al 5 de junio
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
- Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa.
En la actualidad el Ayuntamiento de El Sauzal cuenta con una Ordenanza reguladora de la Ocupación del Dominio Público con Mesas, Sillas y Parasoles, publicada en BOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 17, de jueves 24 de enero de 2008.
Tras diez años de vigencia la mencionada ordenanza se ha quedado obsoleta observándose carencias regulatorias, que es preciso solventar en la actualidad con la aprobación de una nueva ordenanza más adecuada a la realidad actual del municipio y a los un numerosos cambios normativos acaecidos en los últimos años.
Es por ello que el Ayuntamiento de El Sauzal pretende derogar la misma y mediante la aprobación de una nueva Ordenanza adecuada a las exigencias legales vigentes y más ajustada a la realidad municipal y las diferentes supuestos que a lo largo de la vida de la misma se han venido dando.
- Necesidad y oportunidad de la aprobación.
Corresponde a las Entidades Locales la potestad de policía así como la conservación y el cumplimiento de los fines públicos de los Bienes de Uso público Local, tal y como dispone el artículo 74.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, ambos vigentes en materia de régimen local, artículo 3.1 del Real Decreto de 13 de junio de 1986, sobre Bienes de las Entidades Locales y ello de conformidad con lo establecido el artículo 79 de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases del Régimen Local. Pues bien, en función de esta potestad de policía es por lo que este Ayuntamiento procede a la regulación de las situaciones en las que pueda procederse a su ocupación, uso y utilización general.
La nueva regulación que se pretende dar a la presente Ordenanza viene dada por las diferentes realidades y situaciones que a lo largo de los años han tenido lugar respecto de los plazos de ocupación, las ocupaciones sin licencia, los procedimientos sancionadores y muchos más aspectos que han venido generando controversia, dando así una repuesta más firme y veraz a estas situaciones conforme a la legalidad vigente y de acuerdo con la propia estructura administrativa del Ayuntamiento.
Como consecuencia de todo lo expuesto, se evidencia la necesidad imperante de proceder a la derogación y nueva aprobación de la Ordenanza reguladora de la Ocupación del Dominio Público con Mesas, Sillas y Parasoles.
- Objetivos de la norma.
La norma tiene como objetivo proceder al establecimiento de una regulación de la ocupación del dominio público con mesas, sillas y parasoles, adaptada a los diferentes cambios de normativa y las diferentes vicisitudes que a lo largo de la vida de la actual Ordenanza se han venido generando.
- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Vista la situación descrita resulta necesaria una intervención normativa por el Ayuntamiento, al tratarse de regular la utilización del dominio público municipal, utilización que exige en todo caso autorización del Ayuntamiento.
Se han descartado alternativas no regulatorias o dejar vigente el actual marco jurídico, totalmente insuficiente y se concluye la necesidad de aprobar un nuevo marco regulatorio, para dar cumplimiento a lo indicado en la normativa sectorial en la materia.
Por lo expuesto, se procede al trámite de consulta pública previa del proyecto de elaboración del proyecto de ordenanza general de subvenciones, a través del portal web de este ayuntamiento, por el plazo de 10 días hábiles contados desde la inserción de este anuncio en el citado portal al objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Los vecinos y entidades podrán manifestar su opinión mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de El Sauzal en el plazo indicado.
En El Sauzal, a 21 de mayo de 2018